Programa de beca y representación para alumnos con talento, trayectoria, iniciativa o potencial destacado
| Dato | Convocatoria |
|---|---|
| Cierre de candidaturas | 1 de noviembre de 2026 |
| Comunicación de la resolución | Antes del 15 de noviembre de 2026 |
| Edades | De 6 a 17 años |
| Becas convocadas | 8 becas |
Información esencial de la convocatoria
Dragon Talent Scholarship es un programa de beca y representación del talento. Identifica y apoya a alumnos que pueden beneficiarse de un modelo educativo personalizado, flexible e internacional y, al mismo tiempo, da visibilidad a su evolución mediante acciones de comunicación propias del programa. La beca solo se perfecciona cuando la familia acepta expresamente esta doble naturaleza y firma el acuerdo de participación y autorización de imagen incluido en el Anexo II.
| Modalidad | Número | Cobertura sobre servicios de enseñanza |
|---|---|---|
| Beca principal | 1 | 100 % en 2026-2027 y 50 % en 2027-2028, sujeto a renovación |
| Becas parciales | 2 | 50 % en 2026-2027 y 25 % en 2027-2028, sujeto a renovación |
| Becas de reconocimiento | 5 | 10 % en 2026-2027 |
Importante. La beca cubre exclusivamente el porcentaje indicado de los servicios de enseñanza. No incluye matrícula, comedor, transporte, materiales, libros, viajes, actividades extraordinarias ni tasas externas, salvo comunicación expresa del Centro.
1. Entidad convocante
Dragón, el Colegio Americano de Torrelodones, titularidad de EL DRAGON SCHOOL, S.L. (en adelante, “Dragón” o “el Centro”), convoca Dragon Talent Scholarship 2026-2027 como programa privado de beca, desarrollo y representación del talento. Su finalidad es apoyar a alumnos con talento, trayectoria, iniciativa o potencial destacado y divulgar, de forma proporcionada y respetuosa, su proceso de aprendizaje y evolución.
El programa ofrece a estos alumnos un entorno académico capaz de acompañar su desarrollo sin que tengan que renunciar a aquello en lo que destacan. La participación como alumno embajador del talento y la producción de contenidos vinculados a esa evolución forman parte sustancial del programa, con los límites y garantías establecidos en estas bases.
2. Objeto de la convocatoria
La convocatoria tiene por objeto conceder ayudas económicas aplicables a los servicios de enseñanza durante el curso 2026-2027 y, en las modalidades que lo prevén, durante el curso 2027-2028. Como parte del mismo programa, los beneficiarios participarán de manera limitada y planificada en la documentación y difusión de su talento, su progreso y su experiencia educativa.
El programa está dirigido a alumnos que acrediten talento, trayectoria o potencial en alguno de los siguientes ámbitos, entre otros:
- Deporte y competición.
- Artes escénicas, interpretación, música, danza o producción artística.
- Artes plásticas, diseño y creatividad.
- Proyectos científicos, tecnológicos o de investigación.
- Emprendimiento e iniciativas desarrolladas fuera del entorno escolar.
- Rendimiento académico.
- Liderazgo, compromiso social o proyectos de impacto.
- Otros ámbitos de excelencia o talento que el Comité considere relevantes.
Se prestará especial atención a los alumnos cuya actividad deportiva, artística o profesional requiera una organización académica flexible. Siempre que resulte académica y organizativamente viable, el Centro podrá personalizar su agenda, adaptar determinados horarios y organizar su ritmo de aprendizaje para compatibilizar la formación con el desarrollo de su talento.
3. Destinatarios y requisitos
Podrán presentar su candidatura los alumnos que cumplan todos los requisitos siguientes:
a) Tener entre 6 y 17 años en la fecha de presentación de la solicitud.
b) Encontrarse escolarizados en un centro educativo distinto de Dragón en el momento de presentar la candidatura.
c) Acreditar talento, trayectoria, logros, dedicación o potencial significativo en al menos uno de los ámbitos previstos en estas bases.
d) Presentar una solicitud completa dentro del plazo establecido.
e) Participar, cuando sean convocados, en entrevistas, visitas, pruebas o actividades del proceso de valoración.
f) Conocer que, si resulta seleccionado y decide aceptar la beca, asumirá la función de alumno embajador del talento y deberá formalizar el acuerdo específico del Anexo II.
La participación no supone admisión automática. La concesión y disfrute de la beca exigen superar el proceso de admisión del Centro, disponer de plaza y formalizar la matrícula en el plazo comunicado.
4. Modalidades y cuantía de las becas
4.1. Beca principal
- Una beca del 100 % de los servicios de enseñanza durante el curso 2026-2027.
- Una ayuda del 50 % durante el curso 2027-2028, condicionada a la renovación prevista en estas bases.
4.2. Becas parciales
- Dos becas del 50 % de los servicios de enseñanza durante el curso 2026-2027.
- Una ayuda del 25 % durante el curso 2027-2028 para cada beneficiario, condicionada a la renovación prevista en estas bases.
4.3. Becas de reconocimiento
- Cinco becas del 10 % de los servicios de enseñanza durante el curso 2026-2027.
4.4. Reglas económicas comunes
- Las becas son personales e intransferibles y no pueden canjearse por dinero.
- No son acumulables entre sí ni con otras bonificaciones o descuentos, salvo autorización expresa del Centro.
- Se aplican únicamente durante la escolarización efectiva del alumno en Dragón y desde su fecha real de incorporación.
- Los importes o porcentajes no disfrutados no generan devolución, compensación ni crédito a favor de la familia.
- El Comité puede declarar desierta cualquier modalidad si considera que ninguna candidatura alcanza el nivel requerido.
5. Criterios de valoración
La valoración podrá alcanzar un máximo de 100 puntos. La rúbrica completa figura en el Anexo I. El expediente académico es relevante, pero no determina por sí solo la concesión.
| Criterio | Máximo | Qué se valora |
|---|---|---|
| Talento, nivel alcanzado y evidencias | 35 | Logros, nivel, trayectoria, calidad de las evidencias y proyección. |
| Trayectoria y proyectos fuera del colegio | 20 | Continuidad, iniciativa, responsabilidades, impacto y singularidad. |
| Motivación, disciplina, autonomía y constancia | 15 | Compromiso, organización, responsabilidad y resiliencia. |
| Desarrollo académico y capacidad de aprendizaje | 15 | Rendimiento, evolución, curiosidad, razonamiento y pensamiento crítico. |
| Creatividad, iniciativa y potencial | 10 | Ideas, resolución de problemas, capacidad de crear y aprovechar oportunidades. |
| Adecuación al modelo educativo de Dragón | 5 | Capacidad para beneficiarse de un modelo activo, personalizado y responsable. |
La puntuación es una herramienta de evaluación y trazabilidad. No constituye una clasificación automática. El Comité realizará una valoración global de las candidaturas finalistas y decidirá la modalidad que, en su caso, corresponda a cada una.
6. Valoración de perfiles deportivos
Cuando la candidatura se base principalmente en la trayectoria deportiva, el Comité tendrá especialmente en cuenta:
- Nivel de competición, participación en pruebas oficiales, clasificaciones, resultados y reconocimientos.
- Pertenencia a clubes, federaciones, selecciones o programas de tecnificación.
- Volumen y frecuencia de entrenamientos, disciplina y continuidad.
- Proyección deportiva acreditada por evidencias objetivas o informes cualificados.
- Necesidad real de flexibilidad académica para entrenamientos, concentraciones y competiciones.
El Centro podrá solicitar informes del club, entrenador, federación u otra entidad que permitan verificar la trayectoria alegada.
7. Documentación y evidencias
La candidatura se presentará mediante el formulario habilitado por Dragón. Dependiendo del perfil, podrá incluir o requerir:
- Expediente o informes académicos.
- Portfolio de trabajos, obras, proyectos o producciones.
- Fotografías o vídeos de actividades, entrenamientos, actuaciones o proyectos.
- Premios, reconocimientos, currículum artístico, deportivo o profesional.
- Resultados deportivos y certificados de clubes o federaciones.
- Cartas de recomendación e informes de entrenadores, profesores o profesionales.
- Carta o vídeo de motivación del candidato.
- Cualquier otra evidencia que permita valorar adecuadamente su talento y trayectoria.
Dragón podrá verificar la información y solicitar documentación adicional. La presentación de información falsa, manipulada o sustancialmente inexacta podrá determinar la exclusión o, si la beca ya se hubiera concedido, su retirada.
8. Procedimiento y calendario
| Fase | Actuación | Contenido |
|---|---|---|
| 1 | Recepción de candidaturas | Hasta el 1 de noviembre de 2026, salvo ampliación comunicada por el Centro. |
| 2 | Evaluación documental | Revisión de la solicitud y las evidencias conforme a la rúbrica. |
| 3 | Preselección | Selección de los candidatos que continúan en el proceso. |
| 4 | Entrevista y visita | Encuentro con el candidato y su familia; podrá incluir actividad, prueba o presentación de portfolio. |
| 5 | Evaluación final | Valoración global y asignación, en su caso, de la modalidad de beca. |
| 6 | Resolución | Comunicación antes del 15 de noviembre de 2026, salvo circunstancia excepcional. |
9. Comité de Becas
La evaluación será realizada por el Comité Dragon Talent Scholarship, cuyos miembros serán designados por la Dirección. Podrá estar integrado por miembros del equipo directivo, responsables académicos y, cuando resulte oportuno, profesionales con experiencia en el ámbito de talento del candidato.
Además de la puntuación, el Comité podrá considerar la consistencia de las evidencias, el potencial del alumno, la entrevista, su capacidad para beneficiarse del modelo, sus necesidades organizativas y la disponibilidad de recursos para acompañarlo adecuadamente. Las decisiones del Comité serán definitivas dentro del procedimiento de concesión.
10. Resolución y aceptación
La resolución se comunicará individualmente a las familias seleccionadas. La concesión es personal y deberá aceptarse expresamente dentro del plazo indicado. La aceptación se formalizará únicamente mediante la firma del Anexo II, que constituye el acuerdo de participación en Dragon Talent Scholarship y contiene, de manera destacada y específica, la autorización de captación y uso de imagen necesaria para desarrollar la función de alumno embajador del talento.
Si la beca no se acepta íntegramente dentro del plazo o no se formaliza la matrícula, el Centro podrá dejarla sin efecto y ofrecerla a otro candidato finalista.
11. Formalización y disfrute
La efectividad de la beca queda condicionada a la admisión definitiva, la existencia de plaza, la matrícula, la aceptación de las normas del Centro, la firma válida del acuerdo incluido en el Anexo II y el pago de todos los conceptos no cubiertos. La mera solicitud, preselección o comunicación de concesión no autoriza por sí sola el uso de la imagen del candidato.
En caso de baja voluntaria, traslado, expulsión conforme a las normas del Centro o abandono, la beca se extinguirá desde la fecha efectiva de baja y no generará compensación por la parte no disfrutada.
12. Compromisos del beneficiario
El alumno beneficiario y su familia se comprometen a:
- Mantener una actitud responsable y comprometida con el aprendizaje y la convivencia.
- Participar activamente en la vida del Centro y en las reuniones de seguimiento.
- Mantener una dedicación razonable y continuada en el ámbito por el que se concedió la beca.
- Informar de cambios relevantes en su actividad deportiva, artística, profesional o académica.
- Facilitar información veraz sobre la evolución del talento y las actividades asociadas.
- Desempeñar la función de alumno embajador del talento y colaborar, en términos razonables y compatibles con su edad, estudios y actividad, en las acciones de documentación y comunicación descritas en la cláusula 15.
La beca no exige resultados concretos en competiciones, premios o reconocimientos, pero sí compromiso, buena fe y continuidad razonable.
13. Plan académico individualizado
Cuando la actividad del alumno lo requiera, Dragón podrá establecer un plan académico individualizado para compatibilizar sus obligaciones con entrenamientos, competiciones, rodajes, actuaciones, exposiciones, concentraciones u otras actividades vinculadas a su talento.
- Adaptación de agenda y organización personalizada del trabajo.
- Planificación anticipada de ausencias.
- Seguimiento académico específico y coordinación con el mentor.
- Reorganización razonable de determinadas entregas o actividades.
- Coordinación entre familia, alumno y equipo docente.
La flexibilidad académica no elimina los objetivos de aprendizaje ni garantiza que todas las adaptaciones solicitadas puedan aplicarse.
14. Seguimiento, renovación y retirada
Las becas con continuidad en 2027-2028 serán revisadas en abril de 2027. El Comité considerará la evolución académica, el compromiso, la convivencia, la participación, el desarrollo del talento, la valoración del equipo docente y la continuidad de las circunstancias que justificaron la concesión.
La renovación no es automática. El Comité podrá confirmarla, condicionarla a objetivos de seguimiento o denegarla. Asimismo, podrá suspender o retirar una beca por incumplimiento grave o reiterado de estas bases, falsedad documental, impago de conceptos no cubiertos, vulneración grave de las normas de convivencia o pérdida sustancial de las circunstancias que motivaron la concesión. Antes de resolver, el Centro podrá oír a la familia y recabar los informes necesarios.
15. Alumno embajador y autorización de imagen
15.1. Naturaleza del programa
Dragon Talent Scholarship tiene una doble finalidad inseparable: facilitar la escolarización y desarrollo del beneficiario y comunicar públicamente, de forma proporcionada, su evolución como alumno con talento. La función de alumno embajador no es una utilización accesoria de la imagen, sino una prestación definida del programa que la familia conoce antes de decidir si acepta la concesión.
La comunicación de concesión constituye una oferta que la familia puede aceptar o rechazar libremente. La beca únicamente se formaliza mediante la firma del Anexo II. Dicho documento recoge separadamente la aceptación económica y académica, los compromisos de representación y la autorización expresa sobre la propia imagen. No se entenderá concedida autorización por silencio, inacción, casillas premarcadas ni por la mera presentación de la candidatura.
15.2. Formalización y capacidad para autorizar
La autorización se prestará por escrito por la persona o personas a quienes corresponda conforme a la edad, madurez, patria potestad y demás circunstancias del menor. Dragón recabará también la conformidad del alumno cuando tenga catorce años o más o cuando su grado de madurez aconseje que participe en la decisión. Si existe duda sobre la capacidad, discrepancia entre titulares de la patria potestad o cualquier oposición del menor, el Centro no difundirá su imagen hasta que la situación quede válidamente resuelta.
15.3. Usos comprendidos
Mediante la firma específica incorporada al Anexo II, se autoriza a EL DRAGON SCHOOL, S.L. a:
- Captar fotografías, vídeo y audio del alumno mientras entrena, actúa, crea, ensaya, compite, presenta proyectos, trabaja en su portfolio o participa en actividades relacionadas con el talento por el que ha obtenido la beca, así como durante actividades escolares vinculadas al programa.
- Reproducir, seleccionar, editar, recortar, subtitular y adaptar técnicamente esos materiales, sin alterar su sentido ni utilizarlos de forma que pueda perjudicar la dignidad, reputación o interés superior del menor.
- Publicarlos en la página web, blog, perfiles oficiales de redes sociales, newsletters, presentaciones, folletos, cartelería, notas de prensa, memorias y campañas informativas o publicitarias propias de Dragón y de Dragon Talent Scholarship, tanto en formatos impresos como digitales.
- Conservar y mantener los materiales durante la vigencia temporal indicada en el Anexo II y difundirlos territorialmente sin limitación debido al alcance propio de internet.
15.4. Plan de participación y proporcionalidad
La participación ordinaria comprenderá, como máximo, dos sesiones planificadas por curso y la captación ocasional de imágenes durante actividades en las que el alumno ya participe. Cualquier campaña extraordinaria, intervención publicitaria específica, testimonio personal o utilización que exceda de este marco requerirá una autorización adicional. Las sesiones se acordarán con la familia, serán apropiadas para la edad y no deberán interferir de forma desproporcionada en los estudios, entrenamientos, actuaciones o descanso del menor.
15.5. Límites y garantías
- La autorización es no exclusiva y forma parte del acuerdo de participación en el programa; no genera una remuneración adicional distinta de la beca aceptada.
- No permite vender o ceder las imágenes a terceros para fines ajenos al Centro o al programa.
- No ampara usos que menoscaben la honra, intimidad, reputación o interés superior del menor.
- El Centro evitará publicar datos innecesarios y no identificará al alumno con apellidos completos ni revelará información sensible salvo autorización específica adicional.
- No se utilizarán imágenes en las que el menor aparezca en situaciones íntimas, humillantes, de riesgo o ajenas a la finalidad de mostrar su talento y experiencia educativa.
- El material no podrá emplearse para promocionar productos o servicios de terceros ni ser objeto de explotación comercial autónoma.
En todo caso prevalecerá el interés superior del menor. Aunque exista autorización, Dragón podrá decidir no captar o no publicar un contenido cuando aprecie que su difusión no resulta prudente o adecuada.
15.6. Revocación y efectos
La autorización sobre la propia imagen podrá revocarse en cualquier momento mediante comunicación escrita. La revocación impedirá nuevas captaciones y nuevos usos desde que sea recibida. Dragón dejará de realizar nuevas publicaciones y retirará, en un plazo razonable, los contenidos de los canales digitales que controle, sin perjuicio de la imposibilidad material de recuperar ejemplares impresos ya distribuidos, publicaciones de terceros o copias ajenas a su control. La revocación no convierte en ilícitos los usos realizados válidamente con anterioridad.
Dado que la representación pública constituye una prestación esencial del programa, la revocación abrirá un proceso de revisión del acuerdo para el periodo futuro. El Centro y la familia intentarán adaptar la participación mediante materiales no identificables u otras fórmulas compatibles con el interés del menor. Si la finalidad del programa resultara objetivamente imposible, el Comité podrá resolver motivadamente sobre la continuidad para periodos posteriores, sin exigir la devolución de importes correspondientes a periodos ya disfrutados y sin afectar a la escolarización ordinaria del alumno, que continuará sujeta al contrato educativo general.
16. Protección de datos
EL DRAGON SCHOOL, S.L. tratará los datos facilitados para gestionar candidaturas, evaluar participantes, tramitar la admisión y, en su caso, administrar, seguir y comunicar el programa. La gestión de la candidatura y la beca se basará en medidas precontractuales y en la ejecución del acuerdo. La captación, reproducción y difusión identificable de imagen y voz se realizará, además, al amparo de la autorización expresa sobre la propia imagen y de la base jurídica que corresponda conforme a la normativa de protección de datos. La información relativa a menores se tratará con especial confidencialidad.
La información detallada sobre responsable, finalidades, bases jurídicas, destinatarios, plazos de conservación y ejercicio de derechos se facilitará en el formulario de candidatura y en el Anexo II. Las familias podrán ejercer sus derechos a través de los canales de privacidad habilitados por el Centro.
17. Modificación, suspensión o convocatoria desierta
Dragón podrá modificar fechas o aspectos organizativos cuando existan circunstancias justificadas, comunicando los cambios relevantes a los participantes y respetando las candidaturas ya presentadas. También podrá suspender el procedimiento o declarar total o parcialmente desierta la convocatoria si no existen candidaturas adecuadas o concurren causas organizativas, económicas o de fuerza mayor que impidan su desarrollo.
18. Aceptación e interpretación
La presentación de una candidatura implica la lectura y aceptación de estas bases a efectos del proceso de selección, pero no autoriza el uso promocional de la imagen del candidato. La participación no genera derecho a la beca hasta que exista resolución expresa, matrícula formalizada y firma válida del acuerdo de aceptación y representación del Anexo II.
Corresponde al Comité interpretar estas bases, resolver dudas y adoptar las decisiones necesarias para su aplicación, atendiendo a los principios del programa, a la información disponible y al interés educativo del alumno.
Anexo I. Rúbrica de evaluación
La rúbrica orienta la evaluación y permite documentar la decisión. El Comité podrá asignar cualquier puntuación intermedia dentro de cada tramo cuando las evidencias lo justifiquen.
| Criterio | Puntos | Descriptores orientativos |
|---|---|---|
| Talento, nivel y evidencias | 0-35 | 0-8: indicios sin acreditación suficiente. 9-17: talento acreditado en fase inicial o local. 18-27: trayectoria sólida, logros relevantes y evidencias consistentes. 28-35: nivel excepcional, reconocimiento amplio o proyección extraordinaria. |
| Proyectos y trayectoria fuera del colegio | 0-20 | 0-4: participación ocasional. 5-9: actividad continuada con iniciativa limitada. 10-15: proyectos propios, responsabilidades o impacto verificable. 16-20: trayectoria singular, liderazgo sostenido o impacto destacado. |
| Motivación, disciplina, autonomía y constancia | 0-15 | 0-3: compromiso poco acreditado. 4-7: disposición positiva con continuidad irregular. 8-11: constancia, organización y responsabilidad claras. 12-15: disciplina sobresaliente, autonomía y resiliencia demostradas. |
| Desarrollo académico y aprendizaje | 0-15 | 0-3: dificultades relevantes sin evolución acreditada. 4-7: rendimiento adecuado o mejora incipiente. 8-11: buen desempeño, evolución y curiosidad. 12-15: desempeño o progreso sobresaliente y gran capacidad de aprendizaje. |
| Creatividad, iniciativa y potencial | 0-10 | 0-2: escasas evidencias. 3-5: creatividad o iniciativa puntual. 6-8: ideas propias, resolución de problemas y potencial claro. 9-10: originalidad, iniciativa y capacidad de desarrollo excepcionales. |
| Adecuación al modelo de Dragón | 0-5 | 0-1: ajuste limitado. 2-3: ajuste suficiente con apoyos. 4: buen ajuste. 5: encaje excelente y capacidad clara para aprovechar el modelo. |
Anexo II. Acuerdo de aceptación y representación
Este anexo formaliza la incorporación voluntaria a Dragon Talent Scholarship como programa de beca y representación del talento. Consta de tres bloques diferenciados: aceptación de la beca, compromisos del alumno embajador y autorización expresa sobre la propia imagen. Todos deberán completarse y firmarse por las personas legalmente correspondientes para que la concesión llegue a ser efectiva.